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lunes, 11 de junio de 2018

CCOO y UGT se han cargado la cláusula que blindaba el Convenio TIC

Este es, probablemente, el artículo más importante de todos los que se hayan realizado en relación al Convenio TIC. Te pedimos la máxima atención a su contenido e implicaciones.

Ante la gravedad de lo que estábamos leyendo, solicitamos un dictamen al Gabinete Confederal de abogados de la CGT. La valoración confirma nuestros temores. No vamos a publicar ese dictamen para evitar que caiga en manos de la Patronal, pero lo enviaremos a todos los delegados sindicales del sector TIC para que lean lo que ha pasado.

CCOO y UGT han eliminado de facto la cláusula de ultraactividad del Convenio TIC
(es decir la cláusula que blindaba todos los derechos existentes de forma indefinida en el tiempo mientras no hubiera un nuevo acuerdo). Silenciosamente, sin incluirlo en el borrador que fue distribuido a su propia afiliación y engañándola, por tanto, en las votaciones de aprobación o rechazo.

Gracias al cambio que han realizado, el Convenio TIC ahora puede desaparecer si no hay acuerdo pasado un año después de su vigencia (diciembre de 2019). Usando esa amenaza, dentro de unos meses la patronal chantajeará con una propuesta agresiva de máximos contra nuestros derechos sabiendo que, en el peor de los casos, sólo tiene que sentarse a esperar a que llegue el 31 de diciembre de 2020 (la reforma laboral da un sólo año de prórroga, artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores).

En esa fecha si no hubiera acuerdo desaparecerá el convenio TIC y pasaríamos a Estatuto de los Trabajadores (sin trienios, con salario mínimo interprofesional, sin dietas, jornada máxima etc.)

En esas condiciones de chantaje, y conocida la docilidad de CCOO y UGT en el sector TIC, tragarán con lo que les echen “para no perderlo todo”. Actualmente esa presión era inexistente, ya que el convenio permanecía asegurado por el artículo 5 (así reconocido por la propia CCOO-TIC aquí y cuando se ganó por jurisprudencia que la existencia de estas cláusulas escritas previamente a la reforma laboral eran también válidas )

Ésto es lo que ha pasado:
El artículo 4 regula la vigencia temporal del Convenio, y remite al artículo 5 para indicar cómo se protocolariza. Ésto es lo que decía el artículo 5 en el XVI Convenio de Consultoría:


Y ésto lo que dice en el actual:



Mienten si pretenden hacerlo pasar por un ‘ajuste técnico’ de la pasada reforma laboral ya que el artículo 86.2 del Estatuto de los Trabajadores permite mantener cláusulas de vigencia permanente.

¿Por qué han firmado esta bomba de efectos retardados CCOO y UGT que desactiva el blindaje de nuestros derechos de convenio? ¿Por qué lo ocultaron a su propia afiliación al no incluir este cambio en el borrador de acuerdo?

Ante esta traición, desde la CGT queremos hacer llegar estos mensajes:
1-Recomendar a las secciones sindicales de CCOO y UGT en el sector que evalúen todos estos datos, el dictamen que les haremos llegar y que, en caso de duda, contrasten con un abogado independiente.
2-CCOO y UGT TIC están en manos de unas cúpulas contrarias a los intereses de los trabajadores, por acción u omisión de sus bases.

En breve vamos a realizar una acción para que todos los actores se pronuncien al respecto de este cambio normativo.


lunes, 2 de abril de 2018

Guía práctica para el plan inflexible - New world of lies. Inflexibility in Spain

Buenas Compañer@s,


La empresa envió la semana pasada un correo comunicando la puesta en marcha de su plan de flexibilidad.

Hemos leído detenidamente el documento y a continuación os lo traducimos a través de unas FAQs quitando los eufemismos del lenguaje empresarial. Esperamos que os sea de utilidad.



Pregunta: ¿Puedo acceder al plan flexible si tengo reducción de jornada?

Respuesta: Por supuesto que no, ya tienes un privilegio aunque a cambio te lo estemos descontando de tu salario. Este plan es para conciliar la vida laboral y familiar, ni mucho menos sirve para los que teneis hijos y encima trabajáis menos.



Pregunta: ¿Si imputo parte de mi jornada a disponible?

Respuesta: No porque eres una carga para la empresa. Aunque te digamos repetidamente que nos importas mucho, lo cierto es que sólo nos importas cuando eres rentable. Si no lo eres, tenemos otro plan de trabajo desde casa de forma indefinida (para más información preguntar en el SEPE)



Pregunta: ¿Puedo entrar en el plan de flexibilidad si estoy desplazado en cliente?

Respuesta: NO, salvo rarísimas excepciones. Y aunque fuera posible probablemente a tu responsable no le hará mucha gracia.



Pregunta: Creo que le caigo mal a mi responsable ¿Puedo acogerme al plan de flexibilidad?

Respuesta: Que cosas tienes….por supuesto que no. Él es quien decide si mueve el tema, alma de cántaro...



Pregunta: ¿Qué significa vivir los "valores de la compañía" estando fuertemente comprometido con la empresa?

Respuesta: Esta es buena. Como en toda religión para conseguir premios tienes que ser sumiso y aceptar todos sus dogmas, te gusten o no.



Pregunta: Si soy afortunado y entro en el plan de flexibilidad, ¿la empresa me proporcionará los medios necesarios para trabajar desde mi casa?

Respuesta: No. Tú serás quién se haga cargo de todos los gastos, que el presupuesto está fatal.



Pregunta: ¿El plan ha sido elaborado y consensuado con los diferentes Comités de Empresa?

Respuesta: No. Nos pasamos el Estatuto de los trabajadores (en este caso el art. 64) y a los Comités de Empresa por el forro. La única manera efectiva de comunicación que tienen los comités es a través de las denuncias.



Pregunta: ¿Puedo solicitar el acogerme al plan de flexibilidad dirigiéndome directamente a RRHH?

Respuesta: No. Tienes que seguir el flujo que se indica. No queremos que quede ningún rastro de todas las personas a las que discriminamos y no se lo concedemos.



Pregunta: ¿Cuál es el motivo de aprobar esta medida de esta manera?

Respuesta: En la oficina no cabemos ya, te lo vendemos como una mejora pero nos viene genial que aquellas personas que nosotros decidamos dejen espacio y así no se nos pete la oficina. Además como no vamos a subirte el sueldo, lo que pretendemos es premiar a quién nos resulta efectivo en este momento y castigar a quien no nos lo parece. Por supuesto que tú seas uno de los privilegiados solo es circunstancial y en el momento en que seas una molestia te lo quitaremos como castigo.


Pregunta: ¿Quién puede acogerse al plan de flexibilidad?

Respuesta: Resumiendo todos los requisitos: aquellas personas que nos le da la gana que entren.


El porqué de todo esto… PORQUE NOS IMPORTAS!!!!