jueves, 4 de febrero de 2021

No reconocimiento de la empresa del permiso por nacimiento e ingreso de la madre de CS

Buenos días,

Hemos presentado conflicto colectivo porque hemos tenido conocimiento al menos en dos casos, de que la empresa ha negado  el permiso retribuido por nacimiento de hijo e ingreso de la madre del colectivo CS, alegando que "desde la entrada en vigor del Real Decreto 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, con efectos del 08 de marzo de 2019, se elimina el permiso de dos días por nacimiento de hijo, pues en la nueva redacción ya no está contemplado dicho permiso".

Nuestra postura es contraria, ya que las sentencias indican hasta el momento que los permisos por nacimiento de la empresa son permisos de naturaleza distinta al permiso de paternidad disfrutado a cargo de la seguridad social. Una de dichas sentencias es la que se dictó en contra de la nuestra empresa frente a la demanda de CONNECTIS ICT cuando tuvieron una diferencia de opinión similar a la nuestra.

Además, estamos totalmente en contra de estas decisiones unilaterales de la empresa de las que no informa a los comités de empresa dejando a los trabajadores en total indefensión.

A pesar de hacerle saber nuestra postura, la empresa insistió en su posición y decidimos presentar demanda de conflicto.

En el acto de conciliación del 2 de febrero de 2021, la empresa se ha negado a reconocer que son permisos de naturaleza distinta a pesar de que los mediadores le han dicho que las sentencias lo avalan y que en breve plazo habrá una sentencia que confirmará esta materia.

Los trabajadores ofrecimos la posibilidad de sentarnos a negociar el cambio de estos permisos por otras mejoras para los trabajadores, pero la empresa solo aceptó sentarse a negociar sin reconocer los derechos, lo que nos obliga a continuar con la demanda para reclamar el derecho en los tribunales.

Lamentamos profundamente la postura de la empresa que deja a los trabajadores en total indefensión y les que obliga a reclamar sus derechos en los tribunales, retrasando la aplicación de dichos derechos durante el tiempo que la justicia tarda en tramitar las demandas. La postura de la empresa es menos comprensible cuando en este caso se trata de un derecho que implica bajo coste a la empresa por el pequeño número de personas que pueden solicitar estos permisos.

Aprovechamos para enviaros por correo los permisos retribuidos vigentes para el colectivo de CS que repetidas veces RRHH olvida aplicar cuando los solicitáis.
Dicha vigencia ha sido reconocida por la empresa en el acto de conciliación.

Os mantendremos informados sobre este tema según vaya evolucionando el proceso.

Cualquier duda que tengáis no dudéis en hacérnosla llegar.

Un saludo,

Comité de empresa de A Coruña
Comité de empresa de Bilbao GS
Comité de empresa de Sabadell - Barcelona
Comité de empresa de Madrid
Comité de empresa de Valladolid
Comité de empresa de Sevilla
Sección Sindical de CGT
Sección Sindical de ELA
Miembros de Comités de Empresa de CCOO


 

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