Os parecerá un título muy raro, bueno muchos de los que ponemos lo son, pero están basados en hechos reales. La dirección de la empresa ha mandado el calendario de trabajo oficial para 2021. El año pasado ya hablamos de los diferentes calendarios que hay en los diferentes colectivos de la empresa y esta situación sigue igual. También que la mayoría de los trabajadores de nuestra empresa se guían por un calendario de cliente. Otra cosa que no ha cambiado es que, de los 84 convenios estatales, solo hay un convenio que trabaja más de 1800 horas, y mala suerte: es el nuestro. https://globalrosettacgt.blogspot.com/2020/01/la-nogociacion-del-calendario-laboral.html . Pero esta vez vamos a daros más detalle sobre cómo se calculan las horas máximas anuales, dato con el que se desarrolla después el calendario laboral.
Para elaborar el calendario laboral, hay que calcular cuáles son las horas que se realizarían en el año, sabiendo qué días se trabajan, cuántas horas cada día y sumando todo ello. A ese dato hay que restarle las horas de vacaciones anuales y el resultado debe quedar por debajo de las horas máximas. Si quedan horas por encima de eso se pueden compensar con horas de libre disposición o reduciendo el total de horas de alguna manera, por ejemplo, poniendo algún día concreto una jornada menor. Si aun así hay más horas, se considerarán horas extras, con todo lo que implican: serán voluntarias, tienen que compensarse al menos a 1,75, deben cotizar a la Seguridad Social…
De todo lo anterior, lo que más división genera es cómo calcular las horas de vacaciones y afecta directamente a las horas reales que trabajamos en el año. El cálculo de vacaciones para el calendario de la oficina está hecho considerando que la política de vacaciones indica que "una parte importante de las vacaciones" se debe tomar en verano. Esto se traduce en que de los 22 días de vacaciones: el 70% (15 días redondeando) se coge en jornada de verano de 7 horas, el restante 30% (7 días) se coge en jornada de "no verano". Y aquí está la discrepancia. Para la RLT la duración media real es 8,2 horas (lunes a viernes con 8,5 horas y viernes con 7 horas): 8,5 x 4 + 1 x 7 = 8,2 horas. El cálculo de la dirección de la empresa está hecho con una jornada de "no verano" de 8,5 horas, lo cual no es correcto, ya que los viernes trabajamos 7 horas. De ahí que decimos que Getronics no quiere que te cojas vacaciones los viernes.
Un detalle, el 70% viene heredado de una política de vacaciones de Telvent, en la política actual únicamente dice “una parte importante de las vacaciones”. No es que estemos de acuerdo con obligar a la gente a cogerse sus vacaciones en determinado momento. Al igual que tampoco a que se obliguen a cogerlas antes del 15 de enero, que haya que planificarlas en febrero o otros tantos temas relacionados con las vacaciones y que cada año van colando de manera sutil. Lo que queremos indicar aquí es que no puede reglarse solo para lo que interesa y que hay que ser consecuentes en los cálculos.
Os puede parecer una tontería este cálculo, pero por ejemplo para el calendario de Madrid de GS para 2021, supondría tener dos días más de jornada intensiva, empezándola el lunes 21 de junio. Y el problema real detrás de todo es que hay trabajadores y trabajadoras que trabajan más horas del límite máximo que marca el convenio, porque es difícil crear reglas genéricas en base a medias, pero si ya sabemos de manera fehaciente que el cálculo es incorrecto, es una negligencia. Y hablamos de horas sobre el papel, sin contar horas extras, guardias, disponibilidades, horarios de clientes y demás excesos, claro.
La empresa siempre se ha negado a reducir nuestra jornada anual ni un minuto de las 1800 horas de nuestro “querido” convenio. Pero que además insista en no hacer bien los cálculos es ya echar sal en una herida abierta. Quizá deberíamos asignarles un curso de matemáticas básicas de obligado cumplimiento en North Star…
Por cierto, quizás no lo sepáis, pero las plantas 1C y 1D de la oficina de Madrid se van a cerrar.
Aunque la empresa sigue sin darnos datos del ahorro de coste que
supone, será casi la mitad del alquiler actual, todo a costa del
teletrabajo. Y ya de paso nos han dejado sin local sindical, que hay que
recordar que compartíamos los Comités de Empresa de Madrid de ICT y
Rosetta, junto a las Secciones Sindicales de las dos empresas. El resto
de salas de reuniones, despachos y almacenes siguen igual, ha sido
casualidad que solo hayan cerrado el nuestro.
Recordad, si necesitáis algo escribidnos al globalrosetta@gmail.com desde un correo que no sea de la empresa.
Feliz año y esas cosas que toca decir ahora.
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