viernes, 29 de agosto de 2025

SindiConsejo CGT VI: Qué son los derechos adquiridos y cómo evitar que te los quiten

Normalmente los derechos laborales que podemos defender de forma legal (el resto de mejoras se obtienen gracias a la acción colectiva de la plantilla) están formados por: Leyes, Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo sectorial y acuerdos de empresa.

Veamos qué sucede con ese desconocido llamado ‘derecho adquirido’.

A diferencia del resto, el derecho adquirido (o ‘condición más beneficiosa’) no tiene que estar escrito en ninguna parte, no necesita de ninguna firma para que sea tuyo o de tu colectivo. Es totalmente abierto y recogido en el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 3.1. d), que dice que forma parte de los derechos laborales aquellos que nazcan “Por los usos y costumbres locales y profesionales”.

La jurisprudencia dice que debe tener estas tres características:

  1. Reiteración en el tiempo. No puede ser ni puntual ni poco significativo.
  2. Voluntad inequívoca del empresario en otorgarlo. Ha de quedar claro que la empresa es consciente de su aplicación o existencia.
  3. Debe ser una mejora para el trabajador/a respecto los que tenga por Ley o convenio.

Este derecho puede ser colectivo o personal. Pongamos un par de ejemplos.

  • Supongamos una empresa que durante años daba jornada intensiva los viernes, acumulando horario de lunes a jueves pero no estaba recogido en ninguna parte. Un día decide eliminarlo porque como no estaba escrito puedo hacer lo que quiera. Pues no. Tendría todas las características para ser demandado, y ganado.
  • Un ejemplo individual podría ser, por ejemplo, entregarte tickets restaurant, de forma reiterada aunque no constara en ninguna parte. La empresa no podría retirarlo unilateralmente sin explicaciones. O te están dando un pago salarial extra e igual, mantenido en el tiempo y sin condiciones para su cobro. O que haya un día festivo extra un 24 de diciembre, por ejemplo, aunque no esté en ningún calendario firmado. O… Hay tantos casos como situaciones que se adapten a lo indicado.

Nuestro sindiconsejo: Identifica posibles situaciones como las descritas, sea en tu caso o tu departamento, o la plantilla. Si detectas alguna, no hace falta que digas nada a ningún jefe, pero recopila evidencias de su existencia y continuidad en el tiempo. Si un día alguien decide retirarlo, entonces ponte en contacto con nosotras lo antes posible y te informaremos de cómo se impide.

Ni un derecho sin ejercer, ni un timo que aceptar.

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