Ya tenemos disponible la nómina de abril. Os animamos a que os la descarguéis y comprobéis la aplicación del nuevo Convenio de Consultoría. Es importante recordar que no todos los centros de trabajo y proyectos utilizan este convenio como referencia, aunque cada vez quedan menos y en cualquier caso es el mayoritario. Que nos conste, hay a quienes les aplican Telemarketing, Oficinas y Despachos territoriales o ingenierías. Este comunicado es para los que sí les aplica.
[SPOILER] Si habéis cobrado lo mismo es que os han absorbido la subida.
Para descargar la nómina tenéis que entrar en este enlace: http://portal.connectis.es/ . Si no tenéis el usuario o la clave podéis solicitarla ahí mismo.
Además podéis acceder al nuevo Convenio aquí: https://boe.es/boe/dias/2018/03/06/pdfs/BOE-A-2018-3156.pdf . Aunque siempre podéis acceder desde los enlaces de la derecha de nuestro blog.
Es bastante complicado entender de dónde sale cada concepto de la nómina o qué implica el redactado del convenio. Es por ello que una compañera del sindicato se ha preparado una excel para facilitar los cálculos. Os la adjuntamos por si os ayuda.
Le hemos dedicado bastante tiempo, realizado pruebas con varios casos, pero si veis algo que esté mal o falta algo nos decís. Por ejemplo está preparada para 14 pagas, si tenéis 12 y no os apañáis nos decís y la adaptamos.
Esta es una de las diferencias entre el sindicalismo asistencialista que fomentan algunos y el sindicalismo de apoyo mutuo que defendemos otras: trabajar para crear una excel y compartirla con todos, o guardarla y pedir los datos. Ver excel.
En cualquier caso veréis que los conceptos son los mismos pero los importes han cambiado, lo único es que si tenéis "Complemento a Devengos" o un concepto similar os habrán absorbido parte o toda la subida que os puedan aplicar. Ya escribimos sobre el asunto hace tiempo: http://globalrosettacgt.blogspot.com.es/2017/04/la-absorcion-de-la-antiguedad-lo-que.html
Las categorías de Codificador, Perforista, Verificador, Clasificador, Grabador y Calcador no se incrementan igual que el resto (porque eran tan bajas que algunas estaban por debajo del SMI http://globalrosettacgt.blogspot.com.es/2017/02/aclarando-las-implicaciones-del.html ) por lo que tienen pestañas independientes. El resto de categorías van con la primera pestaña.
También ha tenido que cambiar vuestra categoría profesional. En el nuevo convenio aparecen unas tablas de conversión, pero parten de un supuesto incorrecto en la mayoría de los casos: las antiguas categorías deberían de adaptarse a las funciones adecuadas. Como sabemos de sobra que mayoritariamente esto no es así no hemos preparado ningún automatismo y os animamos a que leáis con atención en nuevo artículo 15 del convenio para encontrar la categoría más adecuada a vuestras funciones.
Por último deciros que desde RRLL (Relaciones Laborales) nos han indicado que están dispuestos a revisar diferencias de categoría, pero si no hay acuerdo el siguiente paso es reclamarlo judicialmente. Para tramitar estas peticiones el proceso es abrir un ticket en el suport desde este enlace con el usuario de correo corporativo: https://support.connectis.es/
Por supuesto cualquier duda que tengáis podéis decirnos, pero recordad cuando nos escribáis hacerlo desde un correo que no sea de la empresa.
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